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Delitos contra la salud: Son todos aquellos delitos relacionados con el consumo, portación y fabricación de drogas no permitidas por la Secretaría de Salud.

Droga (narcótico): son sustancias naturales o sintéticas (estupefacientes o psicotrópicos), que al ser introducidas al organismo, alterna/modifica su funcionamiento físico y mental.

Fabricar: manufacturar, producir, elaborar, preparar o acondicionar algún narcótico, sin la autorización correspondiente de la Secretaría de Salud. En laboratorios clandestinos que son espacios físicos donde de forma no legal se producen drogas ilícitas.

Transporte: llevar o reubicar un narcótico, utilizando cualquier medio, de algún lugar a otro, con independencia de su peso o volumen.

Comercio: compra, venda o intercambio narcóticos sin la autorización de la Secretaria de Salud.

Consumo: proporciones aun de forma gratuita o prescriba algún narcótico sin la autorización correspondiente de la Secretaría de Salud.

Narcomenudeo: compra y venta de droga ilícita en pequeñas cantidades.

  1. El ciudadano denuncia de manera anónima. .
  2. Alrededor de 2 semanas transcurren para que la policía acuda al lugar.
  3. Desaparece la policía y continúa el delito.

Existe una gran preocupación por la proliferación de “narco tienditas”: establecimientos comerciales pequeños como misceláneas o papelerías en donde con una clave especial se pide al dependiente la droga para su venta.